Si sufres acoso o agresión en el trabajo y coges la baja, la Justicia te respalda: es accidente laboral

Si sufres acoso o agresión en el trabajo y coges la baja, la Justicia te respalda: es accidente laboral

Un paso de gigante para proteger a los trabajadores frente a los abusos

¿Qué tal, amigo? Hoy vengo a contarte una de esas noticias que sientan un precedente importantísimo para todos nosotros. Seguro que alguna vez te has preguntado qué pasa si sufres una situación insostenible en tu puesto de trabajo, ya sea por acoso, una agresión o tocamientos, y te ves obligado a coger la baja médica. ¿Se considera una enfermedad común o un accidente laboral? Pues bien, la Justicia acaba de hablar alto y claro, y la respuesta te interesa mucho.

El caso que ha abierto los ojos a los tribunales

Para entenderlo bien, pongámonos en situación. Una cuidadora de ayuda a domicilio sufrió tocamientos no consentidos por parte de un usuario al que atendía. Una situación desagradable y totalmente intolerable. Ella hizo lo correcto: lo comunicó inmediatamente tanto a su empresa como al Ayuntamiento responsable del servicio. Sin embargo, nadie movió un dedo. No se activó ningún protocolo de acoso ni se tomaron medidas preventivas, a pesar de que ya existían antecedentes de comportamientos violentos por parte de este usuario.

Ante la falta de respuesta y el impacto emocional, la trabajadora tuvo que coger una baja médica. Al principio, como suele ocurrir en estos casos, la Seguridad Social catalogó la baja como una enfermedad común. Pero ella decidió no quedarse de brazos cruzados y acudió a los tribunales.

¿Por qué es vital que sea considerado accidente laboral?

Aquí viene lo importante y lo que debes saber como trabajador. No es lo mismo estar de baja por una gripe que por un accidente laboral. Cuando se reconoce como accidente de trabajo, tus derechos económicos mejoran drásticamente desde el primer día:

  • Cobras el 75% de tu base reguladora desde el día siguiente a la baja (e incluso el 100% si lo marca tu convenio colectivo).
  • No tienes el típico periodo de carencia, es decir, no necesitas tener días mínimos cotizados para cobrar la prestación.
  • Los costes médicos y de rehabilitación corren a cargo de la mutua de trabajo por completo.

La Justicia ha determinado que, al haber una relación directa entre el desempeño de sus tareas y el daño psicológico y físico sufrido, y al haber fallado la empresa en su deber de protección, la baja de esta cuidadora es, sin lugar a dudas, un accidente de trabajo.

¿Qué debes hacer si te encuentras en una situación similar?

Si alguna vez pasas por algo así o conoces a alguien que lo esté sufriendo, el consejo de amigo que te doy es que actúes con cabeza y dejes huella de todo. En primer lugar, comunica el hecho por escrito a la empresa para que quede constancia. Exige que se active el protocolo de acoso o de riesgos laborales de inmediato.

Si la empresa ignora tu petición o minimiza el problema, acude a tu médico de cabecera o a la mutua detallando perfectamente que el origen de tu malestar es laboral. Y, por supuesto, no dudes en denunciar ante la Inspección de Trabajo. Sentencias como esta demuestran que la ley está para protegernos y que las empresas no pueden mirar hacia otro lado cuando la salud de sus empleados está en juego.

Información del autor

Marta Gutiérrez

Soy Marta, redactora y apasionada por hacer que los temas de la Seguridad Social y trámites administrativos sean fáciles de entender. Llevo más de 15 años ayudando a las personas a manejar sus gestiones con claridad y confianza, compartiendo información práctica y accesible para el día a día.